• 20 de abril de 2024

La Justicia condena al Gobierno de Cantabria y al ICASS a indemnizar a una trabajadora con más de 26.600 euros

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La demandante encadenaba contratos temporales desde el año 2004 y el Juzgado de lo Social ha estimado que se trataba de una relación laboral de indefinida no fija desde entonces y no sólo desde que firmara un contrato de interinidad en 2017 y que, por tanto, al extinguirse la relación laboral debía ser indemnizada

El Juzgado de lo Social número 4 de Santander ha dado la razón a la Sección Sindical de Comisiones Obreras (CCOO) en el Gobierno de Cantabria y ha reconocido que la concatenación de contratos temporales de una trabajadora del Instituto Cántabro de Servicios Sociales (ICASS) desde 2004 la convertían en indefinida no fija y que, tras haberse cubierto la vacante que ocupaba desde 2017, tiene derecho a una indemnización de 26.672,40 euros por extinción de su relación laboral desde el año 2004.

La sentencia, que es recurrible, reconoce que existe una vinculación laboral recognoscible como tal desde el 1 de julio de 2004, cuando comenzó a encadenar contratos temporales hasta un total de 28. El último, sin embargo, fue precisamente de interinidad como técnico superior en Educación Infantil, prolongándose desde el 7 de marzo de 2017 hasta el 6 de julio de 2022 cuando se produjo la cobertura definitiva tras el proceso correspondiente.

No obstante, la justicia ha reconocido en la sentencia que la relación laboral en su conjunto ha sido larga, con numerosas contrataciones temporales, donde se ha apreciado “el carácter fraudulento de la contratación”, porque “la mayor parte de las interrupciones han sido breves, la más larga ha sido de cuatro meses aproximadamente, y existe una cierta identidad de la actividad productiva”.

De ahí que falle a favor del derecho de la trabajadora a ser considerada indefinida no fija y a cobrar una indemnización teniendo en cuenta su primer contrato temporal de 2004 y no sólo el que firmó de interinidad en 2017.

“Estamos muy satisfechos con el resultado de esta demanda porque reconoce la existencia de la unidad esencial del vínculo laboral desde que la trabajadora celebró el primer contrato temporal y computa todo el tiempo que prestó sus servicios, no sólo los de su contrato más largo”, han señalado desde la Sección Sindical de CCOO en el Gobierno de Cantabria.

David Laguillo
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David Laguillo

https://www.cantabriadiario.com

David Laguillo (Torrelavega, 1975) es un periodista, escritor y fotógrafo español. Desde hace años ha publicado en medios de comunicación de ámbito nacional y local, tanto en publicaciones generalistas como especializadas. Como fotógrafo también ha ilustrado libros y artículos periodísticos. Más información en https://www.davidlaguillo.com/biografia