Robar una bandera puede ser delito de ultraje penado con multas de siete a doce meses
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E{/xtypo_dropcap}l artículo 543 del Código Penal español lo deja claro: las ofensas o ultrajes de palabra, por escrito o de hecho a España, a sus Comunidades Autónomas o a sus símbolos o emblemas, efectuados con publicidad, se castigarán con la pena de multa de siete a doce meses.
En los últimos días, en Cantabria se han vivido dos lamentables sucesos relacionados con el robo de dos banderas. Tres jóvenes franceses robaron la bandera de España que ondeaba en Puertochico, y pocos días después la bandera de Torrelavega, recién izada tan solo tres días antes, fue robada.
Más allá de la interpretación de una gamberrada, los autores de estos robos deben entender que el hecho de despreciar el símbolo que representa a un territorio supone despreciarse, de algún modo, a sí mismos y a su propia comunidad de convivencia.
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