• 20 de abril de 2024

El TSJC no suspende las elecciones a presidente de la Federación Cántabra de Fútbol

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  • El TSJC entiende que «no están acreditados los perjuicios irreparables» que la exclusión de la EMR del proceso electoral pueda ocasionarle a Vilar
  • La Sala no entra a valorar la validez de la decisión del Comité de Disciplina Deportiva, objeto del recurso contencioso-administrativo que se ha admitido hoy a trámite

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha rechazado hoy la petición de medida cautelar urgente solicitada por el presidente de la Federación Cántabra de Fútbol, Alberto Vilar Mendiguchía, para que se suspendiera el proceso electoral en la citada Federación, que esta tarde celebra la sesión de votación de candidaturas para la elección de presidente.

La Sala entiende que no están «acreditados los perjuicios irreparables que el acto administrativo -la exclusión de la Escuela Municipal de Fútbol Reocín del censo electoral- pueda llegar a causarle al demandante que desconoce cuál va a ser el resultado electoral», según informó el TSJC en un comunicado.

La parte demandante argumenta -señala el auto- que si las medidas cautelares no se adoptan antes de la fecha del proceso electoral se habrá privado del voto a la Escuela Municipal, «lo que hace pensar a este tribunal en la discutible legitimación que invoca el demandante al carecer de un interés legítimo diáfano y concreto».

A su juicio, «son meras hipótesis y conjeturas las que le mueven a plantear el recurso contencioso-administrativo por un posible resultado electoral adverso, que en estos momentos se desconoce».

Al tiempo, señala la resolución que tampoco se puede atender a tal petición pues «la suspensión de la elección de presidente no constituye objeto del presente recurso contencioso-administrativo, lo que impide su suspensión en estos momentos».

La Sala no entra a valorar en este auto la validez o no de la resolución del Comité Cántabro de Disciplina Deportiva de 29 de junio, que estimó el recurso de José Ángel Peláez Montes y excluyó a la Escuela Municipal de Fútbol Reocín del censo electoral. Dicha resolución será objeto de examen a lo largo de la tramitación del recurso contencioso-administrativo que, con fecha de hoy, ha sido admitido a trámite.

Este auto de desestimación de medidas cautelares urgentes es recurrible en casación ante el Tribunal Supremo.

También, la sentencia impone las costas a la parte demandante.

 

 

David Laguillo
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David Laguillo

https://www.cantabriadiario.com

David Laguillo (Torrelavega, 1975) es un periodista, escritor y fotógrafo español. Desde hace años ha publicado en medios de comunicación de ámbito nacional y local, tanto en publicaciones generalistas como especializadas. Como fotógrafo también ha ilustrado libros y artículos periodísticos. Más información en https://www.davidlaguillo.com/biografia