La Justicia anula el despido de un trabajador al anunciar su próxima paternidad
Una sentencia del Juzgado de lo Social Nº1 de Santander de fecha 1 de febrero de 2021 ha declarado la nulidad del despido de trabajador (varón) tras comunicar a la empresa su próxima paternidad e intención de conciliar vida laboral y familiar.
En la sentencia se valora el despido como una «vulneración del derecho constitucional de igualdad, discriminando al actor ante el mero anuncio de una situación que dará lugar a sus derechos de paternidad (que finalmente ha solicitado disfrutar) y del principio de indemnidad y derecho fundamental de tutela judicial efectiva, por cuanto la reacción de la empresa es consecuencia del anunacio de su intención de conciliar la vida familiar y de la reclamación de que los servicios que preste en la sustitución encomendada, se le abonen como horas extraordinarias.»
El despido se produjo antes de ejercer el derecho de paternidad. Los litigios comunes en la materia se ocasionan una vez que el trabajador está disfrutando del permiso de paternidad o cuando se reincorpora a la empresa.
La sentencia obliga a la readmisión inmediata por la empresa como consecuencia legal directa de la nulidad, y al abono de los salarios de tramitación dejados de percibir por el trabajador desde el día de despido.
Se mantiene abierto el plazo de recurso de súplica ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, que orientativamente concluye el día 10 de febrero.
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