• 20 de abril de 2024

Los juzgados de violencia de género en Cantabria registraron dos mil denuncias en 2018

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  • Atendieron a 2.038 mujeres y acordaron 240 órdenes de protección

  • La ratio de mujeres víctimas por cada 10.000 se sitúa en Cantabria en 68,2, y la media nacional, de 66,56

  • El número de mujeres que decidió no declarar como testigo ante su pareja o expareja se redujo un 22,8 por ciento respecto a 2017

Los órganos judiciales encargados de investigar la violencia de género en Cantabria recibieron a lo largo del pasado año un total de 2.000 denuncias, lo que supone un aumento del 4,8 por ciento respecto a las registradas un año antes.

En las denuncias, figuraban como víctimas 2.038 mujeres -1.701 españolas y 337 extranjeras-, lo que supone una ratio de 68,2 de cada 10.000 mujeres que residen en Cantabria, levemente superior a la media nacional, que durante el pasado año ascendió a 66,56 víctimas por cada 10.000 mujeres españolas.

Asimismo, durante el periodo analizado fueron condenados 232 hombres en los juzgados de violencia sobre la mujer –por delitos leves o bien porque reconocieron los hechos en la comparecencia previa al juicio rápido -, 231 en el Juzgado de lo Penal -147 de ellos también por conformidad- y dos en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial.

El porcentaje de condenas entre los enjuiciados se situó en un 91,7 por ciento en los juzgados de violencia –donde la mayoría de las sentencias se producen por conformidad del acusado- y en un 65,6 por ciento en el de lo Penal. En el caso de la Audiencia, los dos hombres que fueron enjuiciados por delitos graves resultaron condenados.

Además, a lo largo de 2018 los jueces y juezas de violencia sobre la mujer acordaron 240 órdenes y medidas de protección. Por su parte, los titulares de los juzgados de instrucción en funciones de guardia –que atienden casos de violencia de género por las tardes y en fines de semana- acordaron sesenta.

Todos estos datos se desprenden del informe que trimestralmente difunde el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, con sede en el Consejo General del Poder Judicial, y que hoy se ha dado a conocer con información relativa a la anualidad completa.

Son menos las víctimas que piden no declarar

De las 2.000 denuncias registradas en los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria, 1.335 fueron presentadas por la propia víctima, bien en el juzgado o ante la policía; otras 330 por servicios asistenciales o terceras personas, 167 por intervención policial directa, 118 por parte de lesiones y cincuenta por denuncia de un familiar.

En 98 casos, la víctima se acogió a la dispensa legal a la obligación de declarar como testigo, prevista en el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, lo que supone una disminución del 22,8 por ciento respecto a las que lo hicieron en 2017.

Esas 98 mujeres representan el cinco por ciento del total de las que figuran como víctimas.

Desde el año 2015, el Observatorio sustituyó entre sus datos estadísticos la cifra de renuncias por la de víctimas que se acogen a la dispensa a la obligación legal de declarar, por entender que se trata de un parámetro más acorde a la realidad toda vez que en los procedimientos de violencia de género la fiscalía siempre actúa de oficio, por lo que la renuncia de la víctima no lleva aparejada obligatoriamente la finalización del proceso judicial.

Medidas de protección judiciales

A lo largo del pasado año se solicitaron en los juzgados de violencia sobre la mujer de Cantabria 352 órdenes y medidas de protección.

Se encuadran en estas cifras las órdenes de protección y las medidas de protección y seguridad contempladas en el artículo 544 ter -conllevan medidas penales y civiles, y su adopción exige la presencia del presunto agresor-, y también las del artículo 544 bis -precepto que permite al juez adoptar una protección de carácter penal sin necesidad de tomar declaración al denunciado.

De esas 352 medidas y órdenes de protección solicitadas en los juzgados de violencia sobre la mujer, los jueces y juezas acordaron 240, lo que representa el 68 por ciento de todas las pedidas. A nivel nacional, se adoptaron el 69 por ciento de las solicitadas.

Tales órdenes y medidas de protección y seguridad se tradujeron en 815 medidas judiciales: 629 de carácter penal y 186 de naturaleza civil.

Entre las primeras, las más frecuentes fueron el alejamiento de la víctima (227) y la prohibición de comunicación (223), seguidas de la suspensión de la tenencia y uso de armas (126). Además, se acordó la privación de libertad en 17 ocasiones, la prohibición de volver al lugar de los hechos en otras trece y la salida del domicilio en nueve.

Entre las medidas civiles acordadas, 59 fueron sobre prestación de alimentos, 49 se refirieron a la atribución de vivienda, 29 conllevaron la suspensión de la guarda y custodia, quince la del régimen de visitas y cuatro acordaron la permuta del uso de la vivienda familiar.

Por su parte, los juzgados de guardia que atendieron casos de violencia de género, recibieron 85 peticiones de órdenes y medidas de protección, de las cuales acordaron sesenta.

Relación entre la denunciante y el denunciado

En la mayoría de los casos en los que se solicitaron órdenes o medidas en los juzgados de violencia, la mujer era española y mayor de edad (267 ocasiones). En otras 72 se trataba de mujeres extranjeras mayores de edad. En trece casos, la víctima era menor de edad y española.

En cuanto a los denunciados que figuran en las órdenes de protección solicitadas, 283 eran españoles y 69 extranjeros.

Por otro lado, al analizar la relación que existía entre la denunciante y el denunciado en el momento de producirse la supuesta agresión, en el 51,7 por ciento de las ocasiones eran matrimonio o tenían una relación afectiva, mientras que en el 48,3 por ciento de los casos el vínculo ya estaba disuelto.

Delitos de malos tratos

A lo largo del pasado año, los juzgados de violencia de género de Cantabria recibieron un total de 2.313 asuntos, de los que 653 apenas requirieron instrucción y se llevaron por juicio rápido y 74 fueron sobre delitos leves.


Además, se incoaron cinco sumarios y un jurado, procedimientos empleados para enjuiciar los delitos más graves.

El resto de asuntos se llevaron por diligencias previas o procedimiento abreviado, los procedimientos de instrucción más habituales.

Si se analizan los tipos delictivos en los que se encuadran las denuncias presentadas, la mayoría (672) se referían a acciones tipificadas en el artículo 153 del Código Penal, esto es, el delito que castiga una conducta que no da lugar a lesión o sólo requiere una primera asistencia médica, cuya condena oscila entre los seis meses y el año de prisión.

Otros 259 delitos correspondieron al tipo del artículo 173, que condena aquella actitud persistente que genera un clima de pánico en el entorno familiar. Este delito está penado con una condena de entre seis meses y tres años de cárcel.

Además, en otros 77 casos se tramitó procedimiento que responde al maltrato del artículo 148 y siguientes del Código Penal, preceptos que se refieren a una lesión que requiere una primera asistencia y un tratamiento médico posterior, y cuya pena va de los seis meses a los cinco años de cárcel.

Por otro lado, los juzgados de violencia de Cantabria tramitaron 484 asuntos por quebrantamiento de condena, 193 por quebrantamiento de una medida cautelar, 164 por delito contra la libertad, 39 por delito contra el honor, 19 contra la integridad moral, cuatro contra la libertad e indemnidad sexuales y otros cuatro contra la intimidad y el derecho a la propia imagen.

En cuanto a los delitos leves, se registraron 38 procedimientos por injurias y quince por vejaciones injustas.

Además, las denuncias presentadas ante los juzgados de violencia de género también dieron lugar a la apertura de 213 procedimientos civiles, de los que 86 eran de divorcio y seis de separación, 59 sobre la adopción de medidas de guarda y custodia de hijos nacidos fuera del matrimonio, cincuenta sobre modificación de medidas acordadas en sentencia y nueve sobre liquidación de régimen económico-matrimonial.

Fase de enjuiciamiento

Esas denuncias registradas en los juzgados de violencia sobre la mujer se instruyen y, como consecuencia de las diligencias practicadas, tienen diferentes formas de terminación.

Así, el 12,7 por ciento de las llegadas en 2018 concluyó con sentencia en el propio órgano –bien porque se trataba de un delito leve o bien porque el acusado se conformó con la condena solicitada por el fiscal. Así, los juzgados de violencia dictaron 21 sentencias absolutorias y 231 condenatorias.

El 54,4 por ciento de los procedimientos que se tramitaron finalizó en sobreseimiento libre (3,8 por ciento) o provisional (el 50,6 por ciento).

Una gran parte de los casos en los que se produce el sobreseimiento provisional, como también ocurre con las sentencias que son absolutorias, responde a que la denunciante se acoge a la dispensa a la obligación de declarar como testigo.

Hay que tener en cuenta, en este sentido, que un 33,3 por ciento de las denuncias no las presenta la propia víctima, sino que llegan al juzgado por intervención policial, denuncia de un familiar, un parte de lesiones o por otros terceros.

Otro 16,9 por ciento de los procedimientos tramitados se elevó al órgano de enjuiciamiento competente –bien al Juzgado de lo Penal o bien a la Audiencia Provincial, en función de la gravedad del delito.

A lo largo del pasado año, el Juzgado de lo Penal nº 5 de Santander, especializado en el enjuiciamiento de la violencia de género, dictó 352 sentencias, 231 de ellas fueron condenatorias –en 147 casos el acusado admitió los hechos y se conformó con la pena- y otras 121 resultaron absolutorias.

Por su parte, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria, la especializada para juzgar esta violencia, juzgó a dos hombres y los dos resultaron condenados.

Además, como órgano de apelación, recibió 96 recursos contra sentencias dictadas en el Juzgado de lo Penal y ventiló 126. En el 26,8 por ciento de los casos, estimó el recurso contra una sentencia condenatoria.

Finalmente, el Juzgado de Menores de Santander registró un asunto por violencia de género y resolvió cuatro, que se tradujeron en cuatro sentencias condenatorias con imposición de medidas. En dos de ellas, existió conformidad del acusado.

David Laguillo
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David Laguillo

https://www.cantabriadiario.com

David Laguillo (Torrelavega, 1975) es un periodista, escritor y fotógrafo español. Desde hace años ha publicado en medios de comunicación de ámbito nacional y local, tanto en publicaciones generalistas como especializadas. Como fotógrafo también ha ilustrado libros y artículos periodísticos. Más información en https://www.davidlaguillo.com/biografia