La jueza de El Bocal amplía la acción penal al jefe de Servicio de Proyectos y Obras de Costas hasta el año 2023
La falta de mantenimiento podría constituir una “negligencia grave” que justifica la acción penal por posible comisión de seis delitos de homicidio y un delito de lesiones por imprudencia grave frente a los tres funcionarios de Costas
Rechaza la petición del Ayuntamiento para que el ingeniero que firmó el proyecto de la pasarela declare el próximo viernes como investigado en vez de hacerlo como testigo-perito, como está citado

El 15 de mayo se practicará toda la prueba pericial y se tomará declaración a los tres técnicos investigados
Acuerda que el médico forense examine a la superviviente para que informe sobre las lesiones que sufrió
Santander, 21 de abril de 2026.-
La titular de la Plaza n.º 1 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Santander encargada de investigar el accidente de El Bocal, en el que fallecieron seis personas y una resultó herida de gravedad tras ceder una pasarela de la senda costera, ha decidido ampliar la acción penal a quien fue jefe de Servicio de Proyectos y Obras de la Demarcación de Costas de Cantabria desde que se instaló la infraestructura hasta mayo de 2023, cuando se jubiló.
En un auto hoy dado a conocer, la magistrada señala que este funcionario “ostentó una posesión de garante respecto de la seguridad estructural de la pasarela” y tuvo la “obligación de promover, ordenar o verificar las actuaciones de inspección y mantenimiento necesarias en tal lapso de tiempo”.
Según se desprende del informe pericial, en este momento procesal se puede sostener “que la ausencia de inspecciones y mantenimiento adecuados pudo impedir, detectar y corregir el progresivo deterioro de la infraestructura, generando un riesgo relevante que se materializó en el colapso de la pasarela”.
Este nuevo investigado se suma a quien le sucedió en el cargo -actual jefe de Servicio de Proyectos y Obras – y al jefe de la Demarcación de Costas -director de Obras del Proyecto de 2014 de construcción de la senda costera-.
Para la instructora, “con su conducta omisiva cada responsable de la Jefatura de Obras pudo contribuir, concausalmente, al mantenimiento del riesgo no controlado que desembocó en el fatal resultado, concurriendo en sus personas, por el cargo que ostentaban y ostentan, una clara posición de garante y capacidad de actuar”.
Posible comisión de seis delitos de homicidio y otro de lesiones por imprudencia grave
El auto señala que la falta de mantenimiento de la infraestructura podría constituir una “negligencia grave” y la posible comisión de seis delitos de homicidio por imprudencia grave –por los seis fallecimientos- y un delito de lesiones por imprudencia grave –por las heridas sufridas por la superviviente.
Precisamente, la magistrada ha acordado que el médico forense la examine con el fin de que contar con un informe sobre la sanidad de las lesiones que sufrió.
El auto sostiene que con los datos que ofrece la pericial judicial, la pasarela estaba “abierta para su uso público sin ningún tipo de restricción, no sometida a ningún tipo de control o inspección y mantenimiento desde su construcción en 2014, y en donde aparentemente se utilizó como material para los herrajes de las vigas de apoyo uno ciertamente inadecuado para toda estructura sometida a un ambiente exterior sin cubrir (más aún cuando tal estructura se ubica en el mismo borde costero)”.
Y continúa: “La ausencia total de inspecciones presumiblemente impidió detectar deterioros estructurales, limitándose las únicas actuaciones de mantenimiento realizadas a una intervención tardía y parcial, al centrarse exclusivamente en su estructura de madera”.
Todas esas circunstancias “no permitieron abordar elementos críticos” y “el colapso, pues, pudo ser consecuencia de un deterioro progresivo no controlado”.
Por ello, considera que “la omisión de la diligencia debida, en los términos así expuestos, presenta en estos momentos caracteres de negligencia grave que, como tal, justifica la acción penal ya ejercida por posible comisión de seis delitos de homicidio por imprudencia grave en su modalidad agravada por pluralidad de víctimas, y un delito de lesiones por imprudencia grave frente a los investigados”.
15 de mayo declaración de técnicos investigados
Los tres funcionarios de Costas declararán como investigados el 15 de mayo, en una sesión en la que se practicará además toda prueba pericial: tanto la judicial -cuyo perito ya ha entregado su informe a la magistrada- como las interesadas por la acusación particular y las defensas.
En una providencia también hoy dada a conocer, la magistrada autoriza el acceso al lugar de los hechos para realizar inspección ocular y toma de muestras a todos los peritos propuestos por las partes: los de las defensas del jefe de la Demarcación de Costas y del actual jefe de Servicio de Proyectos y Obras; y también al perito elegido por las acusaciones particulares, que han anunciado que aportarán un único informe.
Los informes periciales deberán entregarse tres días antes del 15 de mayo, con el fin de que todas las partes puedan conocer su contenido antes de esa fecha, en la que se practicará la prueba.
No dirige acción penal contra el ingeniero que firmó el subproyecto de pasarelas
Por otro lado, la instructora no atiende a la petición del Ayuntamiento de Santander de que el ingeniero que firmó el proyecto de construcción de las pasarelas declare el próximo viernes en calidad de investigado, en vez de hacerlo como testigo-perito, tal y como se le ha citado.
A su juicio, “ni el ministerio fiscal ni ninguna otra parte personada ha dirigido contra el citado expresa denuncia o querella” y “esta juzgadora tampoco ha acordado dirigir acción penal contra el mismo por entender que el indicado testigo-perito es responsable de un proyecto parcial, en cuanto no abarca la totalidad de la obra”.
Para la magistrada, lo que este ingeniero firmó se trata “más bien de un subproyecto o un anejo integrado en el proyecto principal de la senda, aceptado y avalado por ello por el director de la Obra, que sí actúa en esta causa en calidad de investigado”.
Listado de actuaciones registradas en la base de datos policial
Finalmente, la instructora atiende a lo solicitado por la defensa de la agente de la Policía Local investigada y pide que esta institución aporte las actuaciones registradas en la base de datos policial derivadas de las llamadas entrantes entre las 12:14 y las 14:30 horas del día previo al accidente -fecha en la que un vecino llamó al 112 alertando del estado de la pasarela-.
En concreto, solicita la parte y acuerda la magistrada que se desglose en cuántas actuaciones se comisionó una patrulla de Policía Local, en cuántas se comisionaron agentes de Movilidad Urbana y en cuántas no se comisionó ni a unos ni a otros.
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