Sanidad recuerda que la publicidad de productos o servicios sanitarios debe llevar un número de registro
Sanidad recuerda que la publicidad de servicios sanitarios debe llevar un número de registro
La Directora General de Ordenación y Atención Sanitaria, Mª Antonia Mora González, ha recordado este jueves la obligatoriedad de incluir el número de Registro con el que la Consejería de Sanidad autoriza el funcionamiento de un Centro o Servicio, en la publicidad de servicios, establecimientos y centros sanitarios en cualquier medio de comunicación, ‘para su conocimiento y los efectos oportunos’.
El organismo oficial recuerda que solo los centros, servicios y establecimientos autorizados pueden usar en su publicidad, sin que induzca a error, términos que sugieran la realización de cualquier tipo de actividad sanitaria. Sanidad explica que se debe consignar en la publicidad el número de registro otorgado por la autoridad sanitaria, y añade que «corresponde a la administración sanitaria de la comunidad autónoma de Cantabria la inspección, el control, y la evaluación del cumplimiento de las obligaciones y requisitos establecidos en la presente orden, de acuerdo con lo previsto en la normativa de aplicación», señala el escrito difundido a los medios de comunicación.
Los periódicos digitales CANTABRIA DIARIO y ESTORRELAVEGA ya destaparon en varias ocasiones diversos negocios relacionados con las falsas terapias sanitarias y pseudociencias, como por ejemplo las actividades de un grupo de personas que están vendiendo en Cantabria máquinas de agua alcalina con las que afirman prevenir o curar dolencias graves, entre ellas el cáncer.
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