• 29 de marzo de 2024

La instructora del ‘caso Racing’ rechaza sobreseer y solicita a las acusaciones que presenten sus conclusiones provisionales

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  • Deniega las diligencias solicitadas por Fiscalía y Cantur, al considerar que “no son pertinentes, útiles ni imprescindibles para decidir sobre la apertura de juicio oral”

cantabria_diario_fotografias3706La magistrada instructora de la causa que se sigue en la Sala Civil y Penal del TSJC a raíz de la querella presentada por Cantur por la venta de acciones del Racing de Santander ha rechazado sobreseer y ha solicitado a las acusaciones que en el plazo de cinco días presenten sus conclusiones provisionales.

Además, ha desestimado las diligencias solicitadas por el Ministerio Fiscal y por Cantur, al entender que “no son pertinentes, útiles ni imprescindibles para decidir sobre la apertura del juicio oral”.

 

 

En un auto dado a conocer hoy, la instructora resuelve las peticiones que fueron formuladas la pasada semana durante la comparecencia celebrada para concretar las imputaciones, una vez que el pasado 12 de mayo decidiera incoar procedimiento del jurado al advertir indicios de malversación y fraude a ente público en la actuación de quienes entonces eran responsables de las empresas públicas CEP Cantabria y Cantur.

Las defensas de todos los querellados solicitaron el pasado 4 de junio –fecha en que tuvo lugar la comparecencia- el sobreseimiento del caso, a lo que la magistrada responde que “no procede admitir” dado que “existen indicios suficientes de la comisión de los hechos y de la participación en los mismos de los acusados”.

Se refiere a los exconsejeros regionales Francisco Javier López Marcano y Ángel Agudo; al que fuera gerente del ente público CEP Cantabria, Luis Egusquiza; al administrador de Dumviro -la empresa que vendió sus acciones en el Racing a WGA Sports regentada por Ali Syed-, ; y al abogado Emiliano Garayar, contratado por CEP Cantabria como asesor para estas operaciones.

Éste último solicitó además la nulidad de las actuaciones al entender que la causa debió tramitarse inicialmente como jurado. Entiende la magistrada que no cabe nulidad, dado que inicialmente la querella fue interpuesta por delitos de malversación, fraude a ente público y delito societario por administración fraudulenta, este último no contemplado en la Ley del Jurado.

Además, recuerda la magistrada que pudo alegar este motivo mediante recursos durante la tramitación de las diligencias previas, lo que no hizo, y que la comparecencia celebrada no es el “momento pertinente”.

Diligencias rechazadas

En la comparecencia, se concretaron las imputaciones por malversación contra Marcano, Agudo, Egusquiza y Montalvo, en el caso de Fiscalía y CEP Cantabria; y contra todos ellos y Garayar en el caso de Cantur y Manos Limpias.

Además, Fiscalía y Cantur solicitaron diligencias que ahora han sido rechazadas, al entender la instructora que “no son pertinentes, útiles ni imprescindibles para decidir sobre la apertura del juicio oral”.

Por tanto, acuerda la magistrada dar traslado al Ministerio Público y a las partes acusadoras –Cantur, CEP Cantabria y Manos Limpias- “a fin de que insten lo que estimen oportuno respecto a la apertura del juicio oral, formulando escrito de conclusiones provisionales”.

David Laguillo
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David Laguillo

https://www.cantabriadiario.com

David Laguillo (Torrelavega, 1975) es un periodista, escritor y fotógrafo español. Desde hace años ha publicado en medios de comunicación de ámbito nacional y local, tanto en publicaciones generalistas como especializadas. Como fotógrafo también ha ilustrado libros y artículos periodísticos. Más información en https://www.davidlaguillo.com/biografia